El objeto de este trámite es poner a disposición del ciudadano un canal de comunicación a través del cual los ciudadanos puedan presentar reclamaciones en materia de consumo, mediante este formulario.
Cualquier persona que revista la condición de consumidor o usuario.
Plazo de presentación de la solicitud
No existe un plazo para la presentación de la solicitud de arbitraje
En caso de que el ciudadano decida presentar hoja de reclamación de la Junta de Andalucía, debe esperar diez días hábiles a la respuesta de la empresa reclamada y, si discrepa, podrá presentar solicitud de arbitraje, no existiendo plazo para ello.
Plazos de resolución del trámite
90 días naturales contados desde que se acuerde el inicio del procedimiento.
15 días si las partes lograran un acuerdo conciliatorio sobre todos los aspectos del conflicto, una vez iniciadas las actuaciones arbitrales.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el sistema arbitral de Consumo
Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje
Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva 2013/11/UE
Para realizar el trámite de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.
Impreso de solicitud de arbitraje debidamente cumplimentada (descargar al final de esta misma página).
Documentos que acrediten la relación de consumo con la empresa reclamada.
Dirigir solicitud de arbitraje debidamente cumplimentada (descargar al final de esta misma página) y documentación anexa a la dirección de correo electrónico japcsevilla@dipusevilla.es.
Junta Arbitral Provincial de Consumo de Sevilla, Plaza del Triunfo nº 1, Casa de la Provincia, 2ª planta. 41071-Sevilla