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Detalles del procedimiento: ALTA EN EL REGISTRO DE AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS

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Detalles

Descripción

De conformidad con el artículo 8 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias, que establece que a fin de comprobar la autenticidad de los documentos, los servicios correspondientes de la Diputación Provincial llevarán un registro de las autoridades y funcionarios para firmar la orden de inserción de los originales destinados a su publicación, en el que constarán la firma y el nombre y cargo de la persona a la que pertenezcan. A estos efectos, los órganos correspondientes de las Administraciones Públicas y de la Administración de Justicia acreditarán ante la Diputación Provincial, según su normativa específica, a las personas facultadas para ordenar la inserción, así como las modificaciones que se produzcan.

A tal efecto, la Ordenanza reguladora del Boletín Oficial electrónico de la provincia de Sevilla establece en su artículo 17 que a fin de garantizar la autenticidad de los originales remitidos para su publicación, en la Diputación de Sevilla existirá un registro de las autoridades y personal funcionario facultado para firmar la orden de inserción, al que se refiere el articulo 8 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, en el que constará además el nombre y cargo de las personas autorizadas. Este registro será gestionado por la Secretaría General de la Diputación de Sevilla o área gestora o funcionario a quien autorice.

La acreditación a la que se refieren los apartados anteriores se realizará a través de una ficha cuyo modelo normalizado estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Sevilla.

Quién puede realizar el trámite

- Cualquier persona física o jurídica.

- La autoridad o funcionario que tenga atribuida la competencia o esté autorizado para ello por el órgano competente de la correspondiente administración o entidad anunciante.

Plazos:

  • Plazo de presentación de la solicitud

No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte de la persona interesada.

Normativa aplicación

  • Ordenanza reguladora del Boletín Oficial electrónico de la provincia de Sevilla (B.O.P. Nº 258 de 8 de noviembre de 2021).

  • Ley 05/2002 (art. 8), de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias

Realizar el Trámite

A.-Realización del trámite por internet

Indicaciones:

Para solicitar el alta/modificación en el Registro de autoridades y funcionarios facultados para la firma de las órdenes de inserción de anuncios de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta Sede Electrónica.

El acceso se ubicará en https://sedeelectronicadipusevilla.es/


Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:

Deberá cumplimentarse y adjuntarse obligatoriamente la solicitud debidamente firmada por el responsable de la institución/organismo/entidad para su conformidad, en la que se hará constar:

  • Alta/modificación
  • Administración
  • Institución/organismo/entidad
  • Cargo
  • Nombre, apellidos y D.N.I.
  • Sello
  • Nombre y apellidos, cargo, fecha y firma del responsable.

B.- Realización del trámite presencialmente

Indicaciones:

Presentación en el Registro General de la Diputación de Sevilla.

Documentación necesaria para realizar el trámite presencial:

Cumplimentación de solicitud con el visto bueno del responsable de la institución/organismo/entidad.

Dirección donde realizar el trámite: Dirección AVENIDA Menéndez y Pelayo, 32. Sevilla (Sevilla).


Telf: 954550000


Horario: De 09:00 a 14:00